Profeco aclaró que no publicó ni validó oficialmente ninguna lista de este tipo y explicó que, al comprar un boleto, los consumidores aceptan los términos y condiciones del cine.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) negó haber emitido un comunicado con una lista de alimentos supuestamente permitidos en cines, la cual circuló en redes sociales y algunos medios de comunicación.
Dicha lista mencionaba productos como pizza, hamburguesas, hot dogs, papas fritas, nuggets, botanas, dulces, refrescos, jugos, café, sándwiches, fruta picada, sushi y yogur, con la condición de no representar un riesgo para la higiene y el orden en las salas.
En un comunicado, Profeco aclaró que no publicó ni validó oficialmente ninguna lista de este tipo. El documento cita al titular de la institución, Iván Escalante Ruíz, quien explicó que, al comprar un boleto, los consumidores aceptan los términos y condiciones del cine. Si estos términos prohíben el ingreso de alimentos, deben acatar la disposición o acudir a un establecimiento sin esta restricción. Agregó que los cines pueden solicitar voluntariamente la revisión de mochilas u otros paquetes, pero no pueden obligar a los clientes a mostrar su contenido, ya que esto sería ilegal.
Sobre la posibilidad de que los cines obliguen a los clientes a comprar exclusivamente sus alimentos y bebidas, la Ley Federal de Protección al Consumidor, en su artículo 58, establece que los proveedores de bienes y servicios no pueden condicionar su venta ni discriminar a los consumidores por razones de género, nacionalidad, origen étnico, preferencias sexuales, religión u otras particularidades. Asimismo, prohíbe prácticas como la selección de clientela, el condicionamiento del consumo y la reserva del derecho de admisión, salvo en casos que afecten la seguridad o tranquilidad del establecimiento y sus clientes, o cuando existan disposiciones legales que lo justifiquen.
