El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Luis Jorge Gamboa Olea, desmarcó a la institución de la decisión del Consejo Municipal Electoral de Puente de Ixtla de negar la candidatura a Julio Espín Navarrete, a la presidencia municipal, por deudor alimentario moroso.
El representante del Poder Judicial aclaró que la institución tiene la obligación de conformar el registro de deudores alimentarios morosos y de proporcionar a las autoridades electorales del Estado la información que requieran sobre la causa, su estatus y las razones que la motivaron.
Indicó que hasta el momento, el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), a través del Consejo Municipal, hizo ese requerimiento sobre el candidato del partido Morelos Progresa, Julio Espín, y con base en la información que le fue proporcionada, fue esta autoridad la que determinó considerarlo deudor alimentario moroso y negarle el registro.
“Nosotros informaremos nada más los procesos que se encuentran radicados en el Tribunal, el estatus que tiene la causa, y obviamente, será la autoridad electoral, la que determine si tiene la calidad de deudor alimentario moroso”, declaró Gamboa Olea.
Agregó que los deudores alimentarios morosos tienen la posibilidad de cubrir las parcialidades económicas que tengan pendientes y, en ese caso, su estatus de deudor moroso cambiará por el de sólo deudor, pero esto podría no ajustarse a los tiempos del registro de candidatos, es decir, que el pago sea tardío.
Agregó que a lo largo del proceso, el TSJ seguirá colaborando con el Impepac sobre las consultas que éste haga respecto de la situación jurídica de los candidatos, como parte del convenio de colaboración que ambas instituciones firmaron ex profeso para resolver las controversias que se presenten con los eventuales candidatos en el proceso electoral 2023-2024.
ANTONIETA SÁNCHEZ / [email protected]