Con una reforma a la Constitución, la presidencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ahora será de cuatro años, en lugar de sólo dos con opción a reelección.
El pasado sábado, la Mesa Directiva del Congreso hizo la declaratoria de validez de la enmienda, después de que 25 municipios la ratificaron con su voto a favor, como Constituyente Permanente.
Ahora sólo falta que sea publicada en el periódico oficial Tierra y Libertad para que adquiera vigencia.
Cómo se recordará, el pleno del Congreso aprobó el dictamen de decreto de reforma en la sesión del 7 de junio pasado y, en menos de un mes la mayoría de los cabildos se pronunciaron a favor de la modificación de la Carta Magna y remitieron su voto aprobatorio.
Como se sabe, la misma Constitución Política señala que cualquier cambio a su contenido por parte del Poder Legislativo requiere la ratificación de los municipios, con las dos terceras partes de los 36, es decir 24; en este caso votaron 25.
La propuesta de reforma fue hecha originalmente por el actual presidente del TSJ, Luis Jorge Gamboa Olea, al inicio de su primer periodo de dos años; ahora este periodo se extenderá para él en automático a cuatro años, ya no tendrá que hacer ningún cabildeo o negociación para lograr su reelección.
Quieren igualar a la Corte
Una de las principales motivaciones de la enmienda fue homologar el periodo de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia local, con el de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Junto con la declaratoria de esta reforma, el Congreso aprobó el sábado anterior, el dictamen de las observaciones que el Ejecutivo hizo al decreto especial con el que los actuales magistrados que integran el TSJ se pueden jubilar de forma anticipada a la conclusión de su periodo de 14 años.
Los diputados rechazaron la principal observación que le fue hecha al decreto, la de insuficiencia presupuestal para que el TSJ empiece a pagar un monto mayor de pensiones y devolvieron el decreto al Ejecutivo para que lo publique en el periódico oficial, a partir de entonces, tendrá una vigencia de tres días, para que los interesados en retirarse por adelantado, con la prerrogativa de la pensión vitalicia, en lugar de un pago único, como Haber de Retiro, lo manifiesten al Congreso y expida el decreto pensionatorio correspondiente.
