La Dirección General de Gestión Ambiental presentó a la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra) Morelos, las implicaciones del Decreto 451 para las empresas, gobierno y sociedad en la prohibición de los plásticos de un solo uso.
El director de Gestión Integral de Residuos Sólidos, Martín Romero Nápoles, dijo que los empresarios son conscientes de que la actividad comercial, empresarial e industrial se debe realizar de manera sustentable, para que los plásticos sean compostables o reciclables al 100%.
Lo anterior es derivado de la presentación del Decreto 451 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Residuos Sólidos para Morelos y de la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado.
Dijo que a partir del 18 de enero de 2022 se aplicarán sanciones a quienes comercien o distribuyan plásticos de un solo uso para todos los establecimientos mercantiles de mayoreo, supermercados, tiendas departamentales, de autoservicio, de convivencia, restaurantes y farmacias.
También a medianos comercios, abarrotes, fruterías, verdulerías, fondas, loncherías, así como ambulantes fijos y semifijos; las multas pueden oscilar entre los 434 hasta 8 mil 600 pesos para pequeños y medianos comercios.
Respecto de los centros comerciales van de 434 mil 400 a 2 millones 172 mil.
Revisión. Implicaciones del Decreto 451 en prohibición de plásticos de un solo uso.