A 10 años de la inclusión en el Código Fiscal de la Federación de la figura del acuerdo conclusivo, como herramienta jurídica para resolver controversias entre los contribuyentes y el SAT, ha permitido tener más claridad sobre la interpretación que la autoridad fiscal está dando a las normas fiscales.
Así lo concluyó Lorena Mayela Landeros Solorio, delegada de la Procuraría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) en el Estado de Jalisco, en el ensayo “Reflexiones sobre las nuevas formas de fiscalización y su relación con el acuerdo conclusivo a 10 años de su inserción en el sistema tributario mexicano”, publicado en el más reciente número de la revista Prodecon.tigo, en la que la institución celebra la década de los acuerdos conclusivos.
Como se sabe, a raíz de la inclusión de esta figura en el Código Fiscal también se creó la Procuraría para darle viabilidad.
El acuerdo conclusivo es un método alternativo de solución de controversias entre contribuyentes y la autoridad fiscal, en especial, cuando éstos son auditados y por esta vía puede terminar de forma anticipada alguna revisión, incluso con beneficios para ellos, como la reducción hasta en un 100 por ciento de multas. Se tramita ante la Prodecon y esta autoridad funge como intermediaria.
La autora del ensayo refirió que la fiscalización focalizada, la reducción de plazos de fiscalización, una mayor amplitud de ejercicios o periodos revisados, una mayor presencia fiscal, así como las auditorías electrónicas, entre otros, son las modificaciones que le han permitido al SAT tener mejores resultados en la recaudación.
En ese entramado, entra la Prodecon y los acuerdos conclusivos para actuar a favor de los contribuyentes y que estos lleguen a acuerdos con el SAT que les permitan sanear su relación por la vía corta, de ser posible y en esa actuación ha quedado claro cómo es que la autoridad fiscal interpreta las normas y cómo los contribuyentes pueden utilizar eso para evitar omisiones o errores que les impidan cumplir sus obligaciones.