A solicitud de la Fiscalía Anticorrupción, una jueza declaró sustraído a la acción de la justicia a Alejandro “N” ex rector de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), al no presentarse a la audiencia en la que sería imputado por Peculado.
Debido a que el abogado del ex rector de la UAEM 2012-2018 no pudo justificar la inasistencia de éste a la audiencia programada para este martes 16 de marzo, en la Ciudad Judicial de Atlacholoaya, una jueza lo declaró sustraído a la acción de la justicia e instruyó a la Fiscalía Anticorrupción corroborar su domicilio para ordenar su comparecencia por la fuerza pública.
Como se recordará, el ex rector de la UAEM presuntamente comprometió 450 millones de pesos de la máxima casa de estudios de Morelos, recursos del subsidio otorgado por el Gobierno de Morelos a la universidad, ya que los utilizaron El abogado del ex rector de la UAEM no supo como justificar la inasistencia de su defendido a la audiencia programada de imputación como garantía del crédito con Banco Interacciones, pese a que estaban destinados a la política salarial, plazas de nueva creación, carrera docente, gastos de operación, desarrollo de programas y proyectos de docencia, investigación y difusión de la cultura, así como los apoyos administrativos necesarios para la prestación del servicio educativo.
REPOSICIÓN DEL PROCESO
La de ayer, sería la primera audiencia luego de que el 26 de febrero, el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito ordenara al Juez de Control y Ejecución de Sanciones del Primer Distrito Judicial dejar insubsistente el auto de vinculación de enero de 2020.
En el acuerdo se precisa que en lugar de la vinculación se reponga el procedimiento a partir de la audiencia inicial, a fin de que se exponga de manera razonada las causas por las que se solicita la vinculación a proceso; “para que una vez que escuchen los datos de prueba del fiscal, los quejosos estén en condiciones de solicitar, en su caso, que su situación jurídica se resuelva en ese momento, en el plazo constitucional de setenta y dos horas o dentro de la duplicidad”.