Colectivas feministas y organizaciones civiles entregaron por tercera ocasión al Congreso del Estado una iniciativa para legalizar y garantizar la interrupción voluntaria del embarazo, esto junto con junto con la Comisión de Derechos Humanos de Morelos, representada por la Secretaria Ejecutiva, Nadxieelii Carranco Lechuga, y la presidenta del Instituto de la Mujer IMM), Isela Chávez Cardoso.
Se trata de 35 organizaciones de la sociedad civil y colectivas, quienes entregaron de la iniciativa respaldada por 600 firmas de activistas del Estado y país, para la despenalización del aborto y eliminar la criminalización de las mujeres que decidan interrumpir su embarazo de manera voluntaria en la entidad.
La titular del Instituto de la Mujer enfatizó que, para temas como éste, se requiere voluntad de los legisladores, y se pronunció porque Morelos sea el estado número 15 en aprobar la legalización de la interrupción del embarazo, luego de que de manera reciente lo hiciera Jalisco.
La iniciativa está alineada con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y se fundamenta en estándares internacionales de derechos humanos.
Contempla nueve puntos, que son los siguientes:
1.- Se elimina la criminalización de las mujeres y personas gestantes que decidan voluntariamente someterse a un aborto.
2.- Se reconoce como delito el aborto forzado. 3.- Se eliminan las causales del aborto, excepto en casos de riesgo para la vida o la salud de la mujer o persona gestante.
4.- Se reconoce la obligación del Estado de proporcionar, de forma gratuita, segura y bajo estándares internacionales, interrupciones voluntarias del embarazo.
5.- Se establecen 13 semanas como límite gestacional para la atención sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo.
6.- Se establece un plazo de dos días naturales para que los servicios de salud pública realicen la interrupción voluntaria del embarazo a partir de su solicitud.
7.- Se define un plazo de dos días naturales para que el Ministerio Público, el DIF estatal y los DIF municipales emitan la autorización cuando la solicitante sea menor de 12 años y no cuente con el consentimiento de su padre, madre, tutor o representante legal.
8.- Se reconoce la objeción de conciencia del personal médico, pero también la obligación de los servicios de salud pública de garantizar que siempre haya personal no objetor de conciencia que proporcione acceso a abortos seguros, legales y gratuitos.
9.- Se incluye la obligación de proporcionar información y servicios en materia de salud sexual, reproductiva y de planificación familiar de forma integral en las instituciones públicas de salud del Estado.