Exhorta Víctor Mercado a conducir de manera responsable

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viernes, 23 diciembre 2022
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Víctor Mercado Salgado, titular de la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT), hizo un llamado a los concesionarios y operadores del transporte público, a conducir con precaución y de manera responsable durante esta temporada decembrina, ya que de no hacerlo, se harán acreedores a una sanción, advirtió.

El funcionario recordó que, de acuerdo a la Ley de Transporte del Estado de Morelos, está totalmente prohibido que una persona conduzca alcoholizada o bajo los influjos de cualquier sustancia que altere sus sentidos, por lo que, de darse el caso, se iniciará el procedimiento administrativo correspondiente.  

El Artículo 85 de la citada ley señala que los gafetes de los operadores se cancelarán cuando sean sancionados por conducir vehículos del servicio de transporte público en estado de ebriedad, bajo la influencia de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias tóxicas, o también por rebasar el límite de velocidad permitida.

Por otra parte, el Artículo 99 establece que son obligaciones de los concesionarios y permisionarios comprobar que los conductores de sus vehículos dispongan de la licencia y del gafete vigentes exigidos por esta ley, además de contar con la póliza de seguro vigente o fondo de garantía para responder por los daños y perjuicios que, con motivo de la prestación del servicio, pudieran ocasionarse a los usuarios, peatones, conductores y terceros, en sus personas o bienes, vías públicas y daños ecológicos.

Asimismo, el Artículo 102 puntualiza que los operadores del transporte público deberán cuidar en todo momento la seguridad de los pasajeros, por lo que está estrictamente prohibido conducir con acompañantes, así como instalar televisores, pantallas y hacer uso de teléfonos celulares o de cualquier otro instrumento que pueda distraerlos, poniendo en riesgo la seguridad de las personas.

Por último, en el Artículo 137 se ordena la cancelación del gafete de operador por conducir la unidad en cualquiera de sus modalidades, en cualquier horario y días, bajo el influjo de bebidas alcohólicas o bajo el efecto de enervantes o psicotrópicos.

Independientemente de estas sanciones, el Artículo 139 señala que serán enviadas al corralón las unidades cuando las condiciones físico mecánicas del vehículo pongan en riesgo al usuario; se carezca de la póliza de seguro o fondo de garantía que establece la ley; cuando el operador no cuente con su licencia de manejo o gafete; y en caso de que se encuentre bajo los efectos de bebidas alcohólicas y sustancias tóxicas.

Víctor Mercado. El titular de Movilidad y Transporte hizo un llamado a los operadores y concesionarios del transporte.

Por: REDACCIÓN DDM / [email protected]

kbautista

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